¿QUÉ CRITERIOS DEBE SEGUIR EL EMPLEADOR RESPECTO A LOS PRACTICANTES Y SU INSCRIPCIÓN EN LA SEGURIDAD SOCIAL?

El Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha emitido la Resolución de Sala Plena N° 007-2024-Sunafil/TFL, estableciendo criterios clave sobre la inscripción de practicantes en el régimen de seguridad social en salud. Este precedente aclara la relación entre las modalidades formativas laborales y las responsabilidades del empleador.

¿Qué determinó el TFL sobre la obligación de inscribir a los practicantes en la seguridad social?

El TFL determinó que los practicantes no deben considerarse “trabajadores afectados” por la falta de inscripción en el régimen de seguridad social en salud, salvo que se demuestre la desnaturalización de las modalidades formativas laborales. Sin esta acreditación, no procede sancionar al empleador por no inscribirlos en el régimen de seguridad social.

¿Qué requisitos deben cumplirse para calificar a los practicantes como trabajadores?

Para considerar a los practicantes como trabajadores afectados, el inspector debe probar que se desnaturalizaron las modalidades formativas laborales, conforme al artículo 51 de la Ley N° 28518. Esto implica demostrar que las actividades realizadas por los practicantes corresponden a funciones propias de un trabajador en una relación laboral ordinaria. Sin este análisis, no se puede imputar infracción al empleador.

¿Cómo debe el empleador cumplir con las obligaciones de seguridad para los practicantes?

La Ley N° 28518 establece que los empleadores deben asegurar a los practicantes contra riesgos de enfermedad o accidentes, ya sea mediante afiliación a EsSalud o la contratación de un seguro privado. Cumpliendo esta obligación, no puede imputarse infracción por no inscribir a los practicantes en EsSalud.

Recomendación:

Es recomendable que las empresas implementen programas de capacitación para el personal encargado de gestionar las modalidades formativas laborales, asegurándose de que conozcan las diferencias entre practicantes y trabajadores. Además, deben establecer controles internos para garantizar el cumplimiento de las normas aplicables, incluyendo la contratación de seguros de salud o privados según corresponda. Esto ayudará a prevenir errores que puedan derivar en sanciones administrativas.

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